Permiso para el cuidado del lactante tras la entrada en vigor del real decreto-ley 7/2023
Tras la entrada en vigor del nuevo RD 7/2023 se cambia la denominación del anterior permiso de lactancia a permiso para el cuidado del lactante.
El artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores reconoce a los trabajadores, previo aviso y justificación, ausentarse del trabajo sin disminución del salario, para atender al cuidado del lactante.
¿Hasta cuándo puede disfrutarse?
El permiso de cuidado del lactante se puede disfrutar hasta que el bebé cumpla nueve meses, iniciándose su disfrute en el momento en que se realiza la solicitud a la empresa, normalmente se realiza cuando el trabajador se ha reincorporado después del permiso de maternidad/paternidad, no obstante, no es necesario reincorporarse para hacer la solicitud.
¿Cómo puede disfrutarse?
Este permiso puede disfrutarse de las siguientes maneras:
1. Permiso para el cuidado del lactante sin acumular: El trabajador tiene derecho a una hora de ausencia del trabajo por cada día de trabajo, que se puede dividir en dos fracciones de media hora cada uno.
2. Permiso para el cuidado del lactante con reducción de jornada: En este caso el trabajador solicita entrar o salir media hora antes o después, esto se considera reducción de jornada, y en lugar de la hora de lactancia, sólo se tiene derecho a media hora.
3. Permiso de cuidado del lactante acumulado: Tras la entrada en vigor del nuevo RD 7/2023 por el que se modifica el artículo 37.4 del ET se elimina la remisión a la negociación colectiva o al acuerdo individual con la empresa como instrumento habilitador para poder acumular el permiso en días continuados y se reconoce el derecho de poder acumular este permiso a todos los trabajadores.
Ningún cambio se ha producido en el tiempo de disfrute del permiso que dependerá de la jornada del trabajador y de los días laborables que transcurran hasta que el hijo cumpla 9 meses.
¿Quién puede disfrutar el permiso?
Tras la reforma del año 2019 este permiso pueden disfrutarlo los dos progenitores, tanto el padre como la madre, aunque los dos estén trabajando.
De hecho, si ambos trabajan y ambos lo disfrutan, podrán ampliar el permiso desde los nueve hasta los doce meses, no obstante, en este caso los meses de permiso desde los nueve hasta los doce meses tendrán una reducción de salario proporcional al tiempo de ausencia por disfrute del permiso.
¿Cómo se abona el salario durante su duración?
El permiso de lactancia lo abona el empresario, y el trabajador no podrá ver reducido el salario que venía percibiendo hasta ese momento.
A excepción, si deciden ampliar el permiso hasta los doce meses, por los últimos tres meses.